Gastos Hipotecarios

El Tribunal Supremo, en Sentencia nº 705/2015 de 23 de diciembre, declaró la nulidad de las cláusulas contenidas en el contrato de préstamo hipotecario, por ser abusivas, que imponen al consumidor el pago de todos los gastos derivados de la formalización del préstamo hipotecario.

De esta forma, el consumidor puede reclamar a su entidad bancaria los gastos que en su día abonó al formalizar la hipoteca.

¡Recupera tu dinero!

¿Qué gastos puedo reclamar?

– Gastos de NOTARÍA correspondientes a la escritura del préstamo hipotecario.
– Gastos de REGISTRO DE LA PROPIEDAD por la inscripción de la hipoteca.
– Gastos de GESTORÍA, siempre que haya sido impuesta por el banco.
– Gastos de TASACIÓN de la vivienda.

Además, los tribunales están empezando a dictar las primeras sentencias declarando abusiva la cláusula de COMISIÓN DE APERTURA de la hipoteca, cuando no responde a un servicio prestado por el banco y solicitado previamente por el consumidor, pudiendo reclamarse la devolución de su importe.

En cuanto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Tribunal Supremo, en Sentencia de 28 de febrero de 2018, estableció que su pago corresponde al consumidor, como sujeto pasivo del impuesto, por lo que no podría reclamarse.

¿Por qué Estudio Jurídico Ortega?

Porque somos abogados especialistas en derecho bancario, habiendo obtenido un 100% de sentencias ganadas en procedimientos judiciales  contra entidades bancarias. La banca no siempre gana.